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    Extinciones indemnizadas de la relación laboral

    Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. La más habitual se ampara en el impago de salarios por parte del empresario, pero no es éste el único  motivo:

    o   Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin el cumplimiento de los requisitos del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

    o   Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.

    o   En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

    Nuestros Abogados expertos en esta materia le asesorarán sobre la prosperabilidad de la solicitud, guiándole durante todos los pasos del proceso.