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Hipotecas Multidivisa
La hipoteca multidivisa es un tipo de préstamo hipotecario cuyas cuotas se calculan y abonan en una divisa diferentes a la local. Este tipo de producto se comercializó entre 2004 y 2008, vinculando los préstamos a su pago en yenes o francos suizos debido a la supuesta estabilidad de estas monedas. El problema es que la fluctuación de la divisa en supone una variación del precio del préstamo, circunstancia que implica tener conocimiento sobre la complejidad y los riesgos de este producto.
Las entidades bancarias deberían haber explicado cómo podía afectar la fluctuación de la divisa al préstamo hipotecario.
También debieron ofrecer diferentes escenarios para que el cliente pudiera hacerse a la idea de los riesgos que entrañaba la operación, estando sometidas a los deberes de información regulados en la Ley del Mercado de Valores.
La Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2.017 ha marcado el camino de la nulidad de este tipo de hipotecas al señalar que se comercializó de forma poco transparente, al no informar a los consumidores de los riesgos que implicaba.
El requisito básico para reclamar es que el consumidor no conociera las características del producto.
Para ello es necesario:
• Que no posea un perfil cualificado.
• Y que la entidad bancaria omitiera sus deberes de información.
La jurisprudencia viene considerando que las escrituras de hipoteca multidivisa son parcialmente nulas, lo cual implica que debe eliminarse la cláusula de divisa del préstamo.
Como consecuencia, el capital y los intereses deberán volver a calcularse, fijándose en euros y referenciándose al Euribor. El nuevo cálculo minorará el importe pendiente de amortizar en lo que se haya abonado de más en virtud de la cláusula de divisa.