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    Juicio por delito leve

    Previsto para el enjuiciamiento de delitos leves tales como lesiones leves, vejaciones injustas, amenazas que no tengan consideración de delito grave, hurtos cuyo valor no supere los 400 euros, entre otras.

    El juicio por delito leve es un procedimiento muy sencillo que no requiere de una fase de instrucción (salvo alguna serie de diligencias mínimas de investigación como las relativas a determinar la identidad del denunciado o la gravedad de las lesiones mediante informe del médico forense). Se celebra concentradamente en un único acto, en el cual las partes acuden con los medios de prueba de los que quieran hacerse valer, sin perjuicio de las que se hubiese aportado ya con la denuncia o atestado (o solicitando prueba anticipada ) con anterioridad al juicio.

    A pesar de que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la no obligatoriedad de acudir a estos juicios asistido de Abogado, es absolutamente recomendable recabar asistencia letrada especializada, habida cuenta el desconocimiento de los pasos que hay que dar en el juicio, de las alegaciones jurídicas y fácticas que pueden esgrimirse y lo que es más importante: la proposición y práctica de las pruebas que interesen a nuestro derecho.